Las competencias en materia de educación en Alemania están determinadas por la estructura federal del país. Según la Ley Fundamental, el ejercicio de los poderes estatales y el cumplimiento de las funciones estatales son asunto de los Estados federados, siempre que la Ley no dicte o autorice otras normativas. La Ley Fundamental regula solo de forma básica las cuestiones educativas, culturales y científicas.
Siempre que la Ley Fundamental no otorgue poderes legislativos al Estado federal, los Estados federados tienen derecho a tener su propia legislación en materia de enseñanza, que incluye los ámbitos de la enseñanza primaria y secundaria, la enseñanza superior, la enseñanza para adultos y la formación continua; la gestión en estos ámbitos es casi competencia exclusiva de los Estados federados. En las constituciones de los Estados federados y en el marco de sus leyes se encuentran disposiciones detalladas sobre la enseñanza preescolar, escolar, terciaria, para adultos y continua.
El alcance de las competencias del Estado federal en el ámbito educativo está definido en la Ley Fundamental. Según ésta, el Estado federal es responsable principalmente de la regulación de las siguientes áreas de la educación, la ciencia y la investigación:
• Formación y perfeccionamiento profesionales no escolares;
• Competencias marco en los principales asuntos de la enseñanza superior;
• Fomento de la formación;
• Fomento de la investigación científica y del desarrollo tecnológico, incluida la promoción de los jóvenes científicos;
• Asistencia social a la juventud;
• Defensa de los estudiantes a distancia;
• Habilitación profesional de los juristas;
• Habilitación de los profesionales sanitarios y auxiliares de sanidad;
• Medidas tendentes al fomento del trabajo y al impulso de la investigación del mercado laboral y de las profesiones.
Además, el Estado federal tiene competencia en legislación salarial y de asistencia a los funcionarios (por ejemplo, maestros y profesores universitarios), y competencia general en la regulación de las relaciones jurídicas en todo el ámbito de la Función Pública y en la legislación sobre asuntos exteriores.
La Ley Fundamental prevé, junto a la delimitación de funciones mencionada anteriormente, regulaciones de la cooperación entre el Estado federal y los Estados federados, por ejemplo, en el caso de la Gemeinschaftsaufgabe (programa de interés común) de Ampliación y Creación de Centros de Enseñanza Superior, incluidos los Hospitales Clínicos Universitarios. Además, el Estado federal y los Estados federados trabajan conjuntamente, en virtud de convenios, en la planificación de la enseñanza, y en la promoción de instituciones y proyectos de investigación científica de relevancia suprarregional. El órgano que aúna las acciones del Estado federal y de los Estados federados es la Bund-Länder Kommission für Bildungsplanung und Forschungsförderung (Comisión Mixta para la Planificación de la Enseñanza y el Fomento de la Investigación), en la que el Gobierno Federal y todos los Gobiernos de los Estados federados están representados con la misma proporción de votos.
Los ministros y senadores de los Estados federados con competencia en materia de educación y formación, enseñanza superior, investigación y asuntos culturales cooperan también. La misión de esta cooperación en la Ständige Konferenz der Kultusminister der Länder der Bundesrepublik Deutschland (Conferencia Permanente de los Ministros de Educación y Asuntos Culturales de los Estados Federados de la República Federal de Alemania) es asegurar mediante la coordinación que la enseñanza en la RFA funcione de modo que quede garantizado un nivel suficiente de características comunes y comparables entre los diferentes subsistemas educativos. El trabajo cooperativo de la Conferencia Permanente ha conducido en muchas áreas de la enseñanza escolar y terciaria a evoluciones homogéneas comparables. Más allá de la coordinación interna entre los Estados federados, la Conferencia Permanente es también un instrumento de trabajo conjunto en cooperación con el Estado Federal.
En el Gobierno Federal, el Ministerio Federal de Educación e Investigación es, en primer lugar, el órgano responsable en el campo de la enseñanza en lo que se refiere a las áreas que son de competencia federal; en los distintos Estados federados, los Ministerios de Educación y Asuntos Culturales y los Ministerios de Ciencias (que reciben nombres diferentes en los diferentes Estados) son competentes en asuntos relacionados con la enseñanza, la ciencia y la cultura. En once Estados federados se han constituido, junto a los ministerios de educación, ministerios separados para las áreas de ciencia e investigación.
La inspección y la administración de las escuelas de formación general y profesional se suele realizar con ayuda de un sistema con dos niveles de funcionamiento. En el nivel superior se encuentra el Ministerio de Educación y Asuntos Culturales y, por debajo de él, las autoridades educativas estatales para los Kreise (distritos administrativos locales que a su vez se dividen en municipios) y los kreisfreie Städte (ciudades con administración autónoma no perteneciente a un distrito). Las autoridades educativas se encargan generalmente de la inspección de las Grundschulen, Hauptschulen y Sonderschulen. El Ministerio de Educación y Asuntos Culturales, por su parte, se ocupa de la inspección del resto de escuelas, incluidas las de formación profesional.
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